La técnica de negociación en los procesos de insolvencia económica



Gracias al diplomado en Insolvencia Económica de Personas Naturales No Comerciantes que realicé en la Fundación Liborio Mejía - FLM, y que se llevó a cabo en la ciudad de Cúcuta en alianza con el Centro de Conciliación El Convenio Nortesantandereano, ambas instituciones vigiladas por el Ministerio de Justicia y del Derecho, así como el diplomado de Conciliación en Derecho que cursé con FLM tuve la oportunidad de abrir nuevos espacios profesionales, así como una nueva área de trabajo, la cual tiene como fundamento la negociación en los procesos de insolvencia.

La negociación es definida como el conjunto de normas, herramientas y condiciones que se utilizan para que las partes busquen la solución, de manera directa o a través de representantes, a las diferencias que los separan.

La técnica de la negociación es la que se utiliza en los procedimientos de insolvencia económica y tiene por objetivo que las partes, deudor y acreedores, puedan encontrar una salida a los problemas económicos que tiene el deudor, pero que al mismo tiempo, busca la protección de los intereses de los acreedores.

Negociar es un arte y requiere que las personas que hacen parte de las audiencias en los procesos de insolvencia tengan, no solo las facultades legales para participar en las discusiones y tomar las correspondientes decisiones, sino que además tengan la delegación real, la disposición, la capacidad de comunicación y el manejo del caso, entendiendo, en el tema de insolvencia, que se trata de una situación financiera que requiere el manejo y la gestión para evitar una mayor afectación económica, tanto del deudor como de los acreedores involucrados.

Aunque son distintas las tácticas de negociación, es necesario identificar la más útil para el caso concreto, para lo cual es indispensable tener en cuenta el monto de las obligaciones, la calidad de las partes y el interés real que se tiene en la búsqueda de la solución.

El proceso de negociación de los pasivos de una persona natural es un trámite que apenas se está desarrollando, aunque los pasos son gigantes, solo tuvo su aparición con la expedición del Código General del Proceso y se reglamentó con el Decreto 2677 del 2012 (hoy reemplazado por el 1069 del 2105) y, aunque existen algunos rasgos parecidos a las disposiciones del Régimen de Insolvencia tratado en la Ley 1116 de 2006, son muchas las diferencias en razón de los deudores.

Mi experiencia en los procedimientos de negociación en los trámites concursales de personas naturales no comerciantes, me ha enseñado, de manera especial, a utilizar la técnica del vendedor, toda vez que, en nombre de mi cliente, debo convencer a los acreedores para que acepten la propuesta de reorganización que se plantea.

La técnica de la persuasión, en estos casos, tiene como objetivo la construcción de un acuerdo útil y beneficioso para ambas partes. Para el deudor porque puede reorganizar su vida financiera y normalizar sus relaciones crediticias y, para los acreedores, porque van a poder recuperar el dinero, aunque ahora su devolución se realice en condiciones distintas de las genuinamente pactadas.

La negociación, en el proceso de insolvencia, implica un intercambio dinámico de ideas y propuestas de todos los involucrados y, no puede ser el momento para que los acreedores, ante una dificultad del solicitante del servicio, ahora traten al deudor como su peor enemigo, como un criminal, torciendo así el espíritu de la norma que se diseñó para sacar del ahogo financiero a una persona y, por lo tanto, se pueda recomponer su situación económica.

El proceso de negociación, aunque permite la liquidación del patrimonio de la persona como una salida definitiva a la persecución jurídica, esta debe ser excepcional y, por lo tanto, el llamado es la búsqueda del arreglo financiero con el pago de las obligaciones de conformidad a la realidad económica del deudor.

Esta negociación es completamente desequilibrada, de aquí la importancia de que el deudor o, como en mi caso, actuando como apoderada de los deudores, tenga que trabajar en la presentación de una propuesta clara, seria, confiable y ajustada a la realidad, de tal manera que convenza para la aceptación de los acreedores y, en este sentido, logre el mejor acuerdo de pago para todos.
Negociar implica aceptar, ceder y proponer. Negociar significa respetar.

María Alejandra Silva Guevara
Abogada
Asesora en reorganización financiera
masilvaguevara@gmail.com
@alejaasesora

María Alejandra Silva Guevara

Abogada

Asesora en procesos de insolvencia económica. Negociaciones para la recuperación financiera de la empresa, comerciantes y personas naturales

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