La oportunidad de creer en el sistema financiero, la oportunidad de volver a ser.



Recordamos que el gravamen del 4×1000 fue constituido en Colombia a través del Decreto  2331 de 1998, el cual se expedió para hacer frente a la emergencia económica invocada por el Gobierno Nacional de la época para enfrentar la crisis financiera que azotaba en esos momentos a la economía financiera. En principio, la medida tuvo una vigencia temporal de un año y, de manera exclusiva, tenía como destinación la protección de la estabilidad y la solvencia del sistema financiero y, en este sentido, se logró proteger a los usuarios. Esto se hizo bajo el entendido de que un estado no podía tener un sistema financiero flaco y, por tal razón, era necesario que todos ciudadanos pusiéramos de nuestra parte y los apoyáramos con esta medida. 
Aunque este gravamen se mantiene actualmente y ha cumplido con varios propósitos, como la recuperación de la zona cafetera después del terremoto y luego la situación del agro y, por último la decisión de mantenerlo por razones económicas hasta el año 2019 según la Ley 1739 de 2014. 
La cuestión ahora es la de recordar el origen de este impuesto y la razón de su creación. La necesidad de proteger un sistema necesario para toda la nación, sin el cual, seguro habría colapsado el aparato financiero sobre el cual se soporta la estabilidad económica del país.
Así, las personas, naturales y jurídicas, fuimos gravadas con un porcentaje de las operaciones financieras para salvar el sistema, y no como préstamo, fue un dinero que se entregó de manera definitiva, logrando así el cumplimiento del objetivo y, de esta manera, todos aportamos sin derecho a devolución.
Hoy, las personas naturales no comerciantes que tienen dificultades económicas, amparadas en el régimen de insolvencia económica reglado en la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), están negociando con sus acreedores sus pasivos, sin embargo, en muchos casos estamos observando que las entidades financieras se han olvidado de aquella mala racha de 1998 y, que todos los colombianos salimos a apoyar su causa y aportamos a su recuperación financiera.
Hoy llamo la atención del sistema financiero y hago mención de casos en los cuales las entidades bancarias, sencillamente no aprueban un acuerdo de pago porque está lejos de sus políticas y, con esto se olvidan de su función social y de la responsabilidad que tienen frente a la comunidad. 
No se trata de relagar nada, se trata de permitir que una persona reemprenda su vida financiera, mantenga su vivienda, el estudio de sus hijos y, en general, el mínimo vital de subsistencia suyo y de su familia.
El acuerdo de reorganización económica es un derecho que tienen todas las personas, naturales y jurídicas y, son las entidades financieras las primeras llamadas para que participen de manera activa en el cumplimiento de esta tarea y propósito nacional. 
Insisto entonces en llamar a las entidades financieras para que apoyen a esas personas que tienen dificultades económicas temporales y, en este sentido, aprueben sus propuestas de pago de conformidad a la realidad de la persona. 
María Alejandra Silva Guevara, abogada asesora en reorganización financiera y gestión de insolvencia económica.








María Alejandra Silva Guevara

Abogada

Asesora en procesos de insolvencia económica. Negociaciones para la recuperación financiera de la empresa, comerciantes y personas naturales

Testimonio